Aviso: App CFE Contigo es una web independiente y no forma parte de la Comisión Federal de Electricidad. Este artículo se revisó en octubre de 2026.
Si rentas una casa o un departamento, una de las primeras dudas es quién paga el recibo de luz y a nombre de quién debe estar el contrato. La respuesta directa es: eso se pacta en el contrato de arrendamiento. CFE factura al titular del servicio, es decir, a la persona que aparece en el contrato de suministro, sin importar quién viva en el inmueble y quién pague cada mes.
En la práctica, lo más común es que el inquilino pague el recibo de luz durante el tiempo que dure la renta. Pero puede haber acuerdos distintos: por ejemplo, que el arrendador incluya la luz en la renta o que el inquilino solo pague el excedente de un consumo base. Como no hay una regla fija de CFE para eso, lo que importa es lo que firmen ambas partes.
¿A nombre de quién va el contrato de luz en una casa rentada?
CFE no define quién debe ser el titular según el tipo de vivienda. El contrato de suministro va a nombre de la persona que lo solicita o que aparece como dueña del servicio. En una casa rentada pueden pasar dos cosas:
- El contrato sigue a nombre del arrendador, que es el dueño del inmueble o el titular original del servicio.
- El inquilino pide un cambio de nombre para que el recibo salga a su nombre mientras vive ahí.
Si el inquilino quiere ser el titular, necesita hacer el trámite correspondiente y cumplir los requisitos que pide CFE. No basta con pagar los recibos para que el contrato cambie de titular. El arrendador debe estar de acuerdo o debe existir un contrato de arrendamiento que respalde la solicitud.
También hay casos donde el inmueble no tiene contrato de luz. Ahí el inquilino puede contratar el servicio directamente para casa habitación, siempre que cumpla los requisitos de CFE. Pero si ya existe un contrato activo, lo usual es mantenerlo igual o hacer el cambio de nombre.
Revisa el adeudo de luz antes de mudarte
Uno de los errores más comunes en una casa rentada es no revisar si el recibo de luz tiene adeudos anteriores. Si el inmueble tiene deuda con CFE, podrías heredar problemas para contratar el servicio, pedir un cambio de titular o incluso para que te reconecten la luz en caso de suspensión.
Antes de firmar el contrato de arrendamiento, pide al arrendador el último recibo de luz y verifica que esté pagado. También puedes revisar por tu cuenta cuánto debo de luz con tu número de servicio o el número de medidor. Si aparece un adeudo, acláralo antes de mudarte o déjalo por escrito para saber quién lo va a cubrir.
Esto no es un trámite complicado, pero conviene hacerlo con calma antes de entregar el depósito de garantía o de firmar cualquier documento.
Lectura del medidor al entrar y al salir
Para evitar conflictos por el consumo de luz, toma una foto del medidor el día que entras a la casa rentada y otra el día que sales. Anota los números completos y la fecha. Así puedes calcular cuánta energía consumiste durante tu estancia y compararlo con los recibos que lleguen.
Esta lectura sirve sobre todo cuando el medidor es compartido o cuando el recibo llega a nombre del arrendador. Si el arrendador te cobra la luz según el recibo, tú puedes verificar que el consumo corresponde a tu periodo.
También es útil si el medidor es digital y quieres llevar un control del gasto. Si te interesa calcular cuánto consume cada aparato, puedes usar nuestra calculadora de consumo por aparatos y llevar un registro más claro.
¿Hago cambio de nombre o dejo el contrato como está?
Eso depende de lo que necesites. Si quieres que el recibo salga a tu nombre para usarlo como comprobante de domicilio o para tener control total del servicio, el cambio de nombre es el trámite adecuado.
Si no necesitas el recibo a tu nombre, no hay obligación de cambiarlo. Muchos inquilinos pagan el recibo aunque el contrato siga a nombre del arrendador. Eso es válido mientras ambas partes estén de acuerdo.
Antes de decidir, revisa qué implica cada opción:
- Si el contrato sigue a nombre del arrendador, el inquilino no puede hacer trámites ante CFE sin el apoyo del titular.
- Si haces el cambio de nombre, el recibo llega a tu nombre y tú eres el responsable del servicio ante CFE.
- Al terminar la renta, el inquilino puede devolver el servicio al nombre del arrendador o dejarlo a su nombre, según lo que acuerden.
No hay una respuesta única. Lo importante es que quede claro en el contrato de arrendamiento quién es el responsable del servicio y quién paga el recibo.
Depósito de garantía y recibos de luz
El depósito de garantía que se pide en los contratos de arrendamiento no es lo mismo que el depósito que CFE pueda solicitar para un nuevo servicio. En rentas, el depósito protege al arrendador contra daños o deudas pendientes, incluidas las de luz.
Si pagas el recibo de luz puntualmente, guarda todos los recibos. Cuando termines la renta, esos recibos demuestran que no dejaste adeudos y pueden servir para reclamar la devolución del depósito de garantía.
Si el recibo queda sin pagar y el arrendador tiene que cubrirlo, es probable que use el depósito para compensar ese gasto. Por eso conviene acordar desde el inicio cómo se van a pagar los recibos y qué pasa si llega uno con un monto alto.
El recibo de luz como comprobante de domicilio siendo inquilino
Un recibo de luz es uno de los comprobantes de domicilio más aceptados en México. Pero si el recibo está a nombre del arrendador, algunas instituciones pueden rechazarlo porque el nombre no coincide con el del solicitante.
Si eres inquilino, tienes dos opciones:
- Usar el contrato de arrendamiento junto con el recibo de luz para demostrar que vives ahí.
- Pedir una constancia de residencia o una carta firmada por el arrendador.
La solución más limpia es hacer el cambio de nombre del contrato de luz. Así el recibo sale con tu nombre y lo puedes usar como comprobante sin necesidad de explicaciones.
Vivienda compartida: ¿conviene separar el medidor?
Si rentas un cuarto o un piso dentro de una casa donde ya vive otra persona, puede haber un solo medidor y un solo recibo de luz. En esos casos, dividir el consumo es complicado porque CFE no cobra por cuarto, sino por medidor.
La opción más clara es separar el medidor de luz. Así cada vivienda tiene su propio contrato, su propio recibo y su propio consumo. El trámite lo hace el dueño del inmueble o la persona que tenga los derechos del servicio, y requiere que cada espacio cumpla con los requisitos de instalación.
Separar medidores no siempre es posible, sobre todo si las instalaciones están conectadas o si no hay acceso independiente. Si no se puede separar, la alternativa es acordar por escrito cómo se reparte el consumo y quién paga cada parte.
Tabla de responsabilidades habituales
Esta tabla resume lo que suele acordarse en una renta. No reemplaza el contrato de arrendamiento, pero te sirve como guía.
| Responsabilidad | Arrendador | Inquilino |
|---|---|---|
| Ser titular del contrato de luz | Si el servicio ya existía y no se hizo cambio de nombre | Si hizo cambio de nombre o contrató el servicio a su nombre |
| Pagar el recibo de luz | Si así se pactó o si el inquilino no paga | En la mayoría de los casos, mientras dura la renta |
| Mantenimiento de la instalación eléctrica interna | Reparaciones mayores y temas estructurales | Uso responsable y reporte de fallas |
| Trámites ante CFE | Autorizar cambios o acompañar al inquilino | Recibir los avisos de corte o variaciones de consumo |
| Cubrir adeudos anteriores a la renta | Normalmente el arrendador | No debería asumirlos si se detectaron antes de entrar |
Esto es un esquema general. Lo que firmes en el contrato de arrendamiento tiene más peso que cualquier costumbre, así que asegúrate de leerlo bien antes de firmar.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la luz en una casa rentada, el inquilino o el arrendador?
Depende de lo que diga el contrato de arrendamiento. Lo más común es que el inquilino pague el recibo de luz mientras viva en el inmueble. Si el contrato no lo especifica, las partes deben ponerse de acuerdo y dejar constancia por escrito para evitar conflictos.
¿Puedo poner el recibo de luz a mi nombre si soy inquilino?
Sí, puedes hacer un cambio de nombre en CFE si cumples los requisitos y cuentas con la autorización del titular o con un contrato de arrendamiento vigente. Al hacerlo, el recibo llega a tu nombre y tú pasas a ser el responsable del servicio. Para más detalles, revisa la guía de cambio de nombre.
¿Qué hago si el recibo de luz tiene un adeudo anterior a mi llegada?
No lo pagues sin aclararlo. Primero verifica cuánto se debe con el número de servicio y habla con el arrendador para que lo cubra o lo descuente de otra forma. Si dejaste constancia en el contrato de que no corresponde pagarlo, estás en mejor posición para exigir que no te lo cobren.
¿El recibo de luz sirve como comprobante de domicilio si no soy el titular?
Depende de la institución. Algunos bancos y organismos piden que el comprobante esté a nombre de la persona que lo presenta. En ese caso, puedes acompañar el recibo con una carta de residencia o hacer el cambio de nombre para que el recibo salga con tus datos.
¿Qué hago si comparto casa y quiero pagar solo mi consumo?
La opción más clara es separar el medidor para que cada vivienda tenga su propio contrato de luz. Si no es posible, acuerden por escrito cómo se divide el consumo y quién paga cada recibo. También puedes usar la calculadora de consumo para estimar lo que usa cada quien.
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Para trámites, montos y requisitos exactos, consulta cfe.mx o usa nuestro simulador de consumo CFE.